“Debe tenerse en cuenta que además de preservar el espacio familiar del trabajador, la norma propuesta en esta ocasión también atiende el hecho de que hay muchas personas que por distintas obligaciones de carácter laboral no cuentan con el tiempo suficiente para contribuir con la tarea de los preparativos propios para estos festejos “, dice un párrafo de los fundamentos de la Ordenanza 10.267/14.
Se exceptúan los establecimientos que presten servicios esenciales y de salud. Así como, los que ejerzan actividades turísticas, gastronómicas y afines. Además de los comercios atendidos por sus dueños.
En este sentido el secretario general de la Asociación Empleados de Comercio (AEC), Ricardo Troncoso, agradece a los concejales que de manera unánime apoyaron esta medida. Y recalca la importancia que tiene una norma como esta que los ampara en fechas de celebración.
Por su parte, el delegado de la zona sur (San Martín de los Andes) y miembro de la Comisión Directiva de la AEC, Miguel Pérez, expreso “La verdad que por suerte y la lucha de un par de años junto a las reuniones con los concejales entendieron la situación de los empleados de comercio. Y se logró redactar esta ordenanza que le trae mucha tranquilidad y es de mucha ayuda para nuestros compañeros mercantiles. Ahora se bajaron 2 horas para que el empleado de comercio también pueda disfrutar de las fiestas y en familia”