Se trata de los decretos que se aprueban desde el Ejecutivo municipal y que luego son tratados y analizados por el cuerpo legislativo. La iniciativa –de los concejales Vita y Saloniti- pretende crear una comisión de seguimiento especial de los mismos. Apunta a considerar la validez o invalidez de los motivos que llevan al jefe comunal a utilizar este mecanismo.

30 Jul 2014
    

El proyecto de ordenanza, que lleva la firma de los concejales Saloniti y Vita (MPN), tiene por objeto regular el trámite y la intervención del Concejo Deliberante, respecto de los decretos que dicta el Poder Ejecutivo, en virtud del Artículo 71 segundo párrafo de la Carta Orgánica Municipal.

Además, propone la creación de una Comisión Permanente Especial, la cual tendrá “la obligación y facultad de expedirse acerca de la validez o invalidez de los Decretos Ad Referéndum emitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal”.

La Comisión Permanente Especial emitirá un dictamen el cual será numerado y girado a la labor parlamentaria próxima para su posterior tratamiento en Sesión Ordinaria. Los dictámenes podrán ser dictámenes de mayoría y dictámenes de minoría. El dictamen de la Comisión Permanente Especial deberá pronunciarse expresamente sobre la adecuación del Decreto a los requisitos establecidos en la Carta Orgánica Municipal para su dictado. El Dictamen se limitará a rechazar o ratificar los Decretos Ad Referéndum.

A partir de la aprobación de la norma, el Deliberante podría rechazar decretos de estas características y esto implicaría su “derogación de acuerdo a lo que establece el artículo 2º del Código Civil, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia”.