Por la seguridad de nuestros bosques y la sanidad de la vida que nos rodea, se recuerda a los vecinos y visitantes de la ciudad que, por Ordenanza, se encuentra penado su uso, comercialización y fabricación.

16 Nov 2017
    

Con la llegada del mes de noviembre comienzan a escucharse los primeros fuegos artificiales, por lo que resulta imperativo recordar a la comunidad que, en San Martín de los Andes, se encuentra terminantemente prohibido el uso, fabricación y comercialización de pirotecnia.

Así lo establece la ordenanza 1031/92, fundamentada en que la pirotecnia es multicontaminante, ya que afecta el agua, el suelo, el aire, provoca contaminación sonora y contribuye al calentamiento global. Además, puede generar incendios, heridos de distintos tipos y tiene un efecto social fuertemente negativo, generando daño a quienes sufren de autismo, en especial a los niños. También es una agresión para las especies animales y vegetales, fuertemente perjudicadas por los estruendos.

Las multas a aplicar, en caso de denuncia y corroboración, son las siguientes:

 

  • Por fabricación ó venta de artículos no permitidos: Multa de DOSCIENTOS (200) a SIETE MIL (7.000) puntos (de 1000 a 35 mil pesos)
  • Por utilización de artículos no permitidos: Particulares: Multa de CUARENTA (40) hasta DOS MIL (2.000) puntos. (De 200 a 10 mil pesos)
  • Entidades no autorizadas: Multa de DOSCIENTOS (200) hasta SIETE MIL (7.000) puntos (de 1000 a 35 mil pesos)

 

Valor del Punto: 5 pesos