Es un proyecto de ordenanza del bloque del MPN, en el Concejo Deliberante. Fue enviado ayer, para ser analizado por las autoridades de la secretaría de Hacienda. Solicita modificar el artículo 77 de la Ordenanza 9445 del año 2012.

25 Jun 2015
    

La iniciativa, fue presentada por Mesa de Entrada del Concejo Deliberante. Se presentó como un proyecto que se trabajó “en conjunto con el área de Discapacidad del Ejecutivo Municipal”. En ella, se solicita Modificar la Orza 9445/12 Art. 77, lo que respecta  a los vehículos afectados a las personas con discapacidad.

El beneficio, será ahora para los vehículos afectados al traslado de personas con discapacidad, propiedad de uno de los cónyuges o pareja conviviente, padres, tutores, representantes legales y/o parientes por consanguinidad hasta el segundo grado, cuyo valor no supere los $120.000.

El vehículo afectado deberá ser de uso particular no afectado a licencia comercial.

Cesará el beneficio en forma automática cuando el titular vendiera o transfiriera por cualquier título el vehículo objeto de la exención o dejare de estar afectado al traslado de la persona con discapacidad siendo el titular del vehículo responsable de comunicar a la Municipalidad en forma inmediata la venta, cesión gratuita, transferencia o desafectación para traslado de la persona, o cuando finalice la vigencia del Certificado Único de Discapacidad (CUD).